Carta de derechos y obligaciones del voluntario de la CSSf

Aviso Importante: Todos estos derechos y obligaciones han sido elaborados teniendo en cuenta las disposiciones legales emanadas de la LLEI 25/2015, del 30 de juliol, del voluntariat i de foment de l’associacionisme. 
 

Derechos:

  1. Recibir información por parte de la CSSf de la misión, finalidad y funcionamiento de la entidad, sobre el sentido y el desarrollo de la acción voluntaria y sobre el papel y el itinerario que tendrá el voluntario dentro de la entidad.
  2. Recibir la información necesaria para la consecución de las diversas actividades que le sean propuestas.
  3. Ser tratado sin ningún tipo de discriminación.
  4. Formalizar un acuerdo de colaboración con la CSSf
  5. Disponer de la acreditación o identificación como voluntario, cuando actúe como tal.
  6. Obtener un certificado de su participación en los programas realizados.
  7. Tener el reconocimiento de la experiencia obtenida
  8. Participar en la elaboración de los diferentes programas o acciones concretas de los voluntarios.
  9. Recibir información sobre las condiciones de seguridad e higiene, salud, etc. adecuadas a la naturaleza de su actividad voluntaria.
  10. Recibir una cobertura a través de una póliza de seguros, cuando su actuación concreta como voluntario lo precise, que cubra igualmente los posibles daños a terceros.
  11. No sufragar los gastos que la actividad de voluntario le reporte. O bien ser compensado por ellos.
  12. Acordar libremente las condiciones y los posibles cambios en su actuación como voluntario; su compromiso, horarios, etc.
  13. Desvincularse del compromiso como voluntario cuando lo considere oportuno.
  14. Todo los demás que le sean reconocidos por el ordenamiento jurídico.

 
 

Deberes:

  1. Cooperar en la consecución de los diferentes objetivos que le sean marcados.
  2. Participar de forma activa en la formación acordada para con el voluntario para la consecución del objetivo.
  3. Cumplir sus tareas con responsabilidad, diligencia, competencia, etc. y respetar las normas internas de funcionamiento de la CSSf, sus principios y valores.
  4. Observar las medidas de seguridad y salud que están establecidas en las leyes.
  5. Rechazar toda contraprestación económica o material que le sea ofrecida por su actuación como voluntario.
  6. Respetar los derechos y la dignidad de los destinatarios de la acción voluntaria y del resto de voluntarios.
  7. Mantener la más absoluta confidencialidad sobre aspectos e informaciones recibidas o conocidas en cumplimiento de su actividad.
  8. Notificar a la CSSf su renuncia, de forma fehaciente y con antelación suficiente para no perjudicar el normal desarrollo de sus actuaciones.



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